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OBLIGADOS A RELACIONARSE CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICA A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

El 2 de octubre de 2016 entró en vigor la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El artículo 14.2 de esta Ley establece que, a partir del 2 de octubre de 2016, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite administrativo, incluida la recepción de las notificaciones, al menos los siguientes sujetos:

- Las personas jurídicas.

- Las entidades sin personalidad jurídica.

- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

- Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.

 

Para facilitar al ciudadano el cumplimiento de esta Ley y facilitar una adaptación progresiva a los preceptos establecidos por la misma, el Ayuntamiento de Alboraya decidió aceptar, durante un periodo de transición, la tramitación presencial a los citados sujetos del artículo 14.2.

 

Habiendo transcurrido un año desde la entrada en vigor de la Ley, los sujetos a que se refiere el artículo 14.2 deberán relacionarse con este Ayuntamiento por medios electrónicos para la realización de cualquier trámite administrativo. Los canales electrónicos disponibles para ello son:

- La Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alboraya: https://sede.alboraya.es/

- El Registro Electrónico Común: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

 

Todo ello sin perjuicio de los supuestos en que resulte obligatoria la presentación de objetos o de documentos en un soporte específico no susceptibles de digitalización, como por ejemplo, en estos momentos, la documentación presentada por los licitadores en procedimientos de contratación pública.

 


Datos de contacto

Ayuntamiento de Alboraya.
Calle Milagrosa, 17.
Telf: 963171700.
Alboraya

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